En LIDERA queremos mantenerte siempre bien informado. Por ello, te comunicamos que, según el reciente 𝗗𝗲𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼 𝗦𝘂𝗽𝗿𝗲𝗺𝗼 𝗡°𝟬𝟰𝟮-𝟮𝟬𝟮𝟱-𝗣𝗖𝗠. Estos días serán considerados inhábiles para el cómputo de plazos en los procesos arbitrales que gestionamos, salvo que el Tribunal Arbitral indique lo contrario. ¡Seguimos trabajando con transparencia y compromiso por una justicia más eficiente!
